Autónomos, profesionales incansables, luchadores y emprendedores que cada año tienen que hacer cuentas con hacienda, les traigo una información que puede ser de interés, en los próximos meses toca hacer la declaración de la renta y que mejor que conocer ¿Cuáles son los seguros que desgravan en el IRPF?
SEGUROS DE VEHÍCULOS
Según la ley del IRPF considera que los vehículos:
- Mixtos destinados al transporte de mercancías.
- Destinados a la prestación de servicios de transportes de viajeros mediante contraprestación.
- Los destinados a la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotos mediante contraprestación.
- Los destinados a desplazamientos profesionales de representantes o agente comerciales.
- Los destinados a ser objetos de cesión de uso con habitualidad y onerosidad.Están afectos al 100% a la actividad del autónomo, por lo que todos los gastos relacionados con ellos serán deducibles.
Cualquier otro vehículo (Turismo, motocicleta…) deberás probar ante hacienda que lo utilizas exclusivamente en tu negocio.
SEGUROS RELACIONADOS CON LA ACTIVIDAD
Podrás deducirte todas las primas de seguros relacionadas con la actividad que desarrollas, como la del seguro de responsabilidad civil, la de robo, contra incendios, la de daños a mercancías y la de perdida de beneficios , entre otras.
SEGUROS MÉDICOS
Las primas pagadas por los autónomos sobre Seguros médicos se consideran gastos deducibles, con un límite máximo de 500 euros por cada miembro de la familia (Cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con el autónomo).
Igualmente se considera gasto fiscalmente deducible el seguro que contrate el autónomo para sus empleados.
SEGUROS DE ACCIDENTES
Estas primas se pueden deducir, pero solo los seguros que cubren los propios accidentes relacionados con la actividad y la de sus empleados.
Si estas interesado en obtener mayor información sobre estos seguros…
¡Consúltanos!
Vía Jra Economistas